Justo
Marco legal por paísNicaragua

🧾 Salario pendiente

Liquidacion del salario del mes en curso al momento de la salida. Arts. 42, 81, 84, 86 Ley 185.

Base legal

  • Art. 42: Pago de prestaciones y conceptos proporcionales al cierre.
  • Arts. 81, 84, 86: Definicion de salario, salario ordinario y pago.

Regla operativa

Se liquida el salario pendiente del periodo en curso al momento de la salida. El MVP usa captura explicita de dias pendientes para evitar ambiguedad de calendario de pago.

Variables

VariableDescripcion
salario_mensualSalario ordinario mensual en NIO
dias_salario_pendienteDias trabajados en el mes de salida no pagados aun

Formula

salario_diario = salario_mensual / 30
salario_proporcional = salario_diario * dias_salario_pendiente

Ejemplo

Salario de C$15,000, salida el dia 15 del mes (15 dias pendientes)

  • salario_diario = 15,000 / 30 = C$500
  • salario_proporcional = 500 * 15 = C$7,500

Excepciones

Si existe salario variable o esquema mixto, se debe aplicar promedio ordinario conforme reglas internas.

Vigencia

Ley No. 185, Arts. 42, 81, 84, 86. Corpus: ni-v0.2.0