Justo
Marco legal por paísCosta Rica

🌴 Vacaciones pendientes

14 dias por cada 50 semanas de servicio. Arts. 153 y 156 Codigo de Trabajo.

Base legal

  • Art. 153: 2 semanas (14 dias) por cada 50 semanas de servicio continuo.
  • Art. 156: No compensables en dinero, excepto al terminar la relacion.

Regla operativa

  • 14 dias de vacaciones por cada 50 semanas trabajadas.
  • Al terminar antes de 50 semanas: 1 dia por mes trabajado.
  • Se pagan las no gozadas al cierre.

Variables

VariableDescripcion
salario_mensualSalario ordinario mensual en CRC
dias_vacaciones_pendientesDias de vacaciones acumulados no gozados

Formula

salario_diario = salario_mensual / 30
vacaciones_pendientes = salario_diario * dias_vacaciones_pendientes

Ejemplo

Salario de CRC 800,000, 10 dias de vacaciones pendientes

  • salario_diario = 800,000 / 30 = CRC 26,667
  • vacaciones = 26,667 * 10 = CRC 266,670

Vigencia

Codigo de Trabajo de Costa Rica, Arts. 153 y 156. Corpus: cr-v0.1.0