Justo
LegalPanama

📢 Preaviso

30 días (<2 años). Estabilidad después. Código de Trabajo Art. 212.

Base legal

Código de Trabajo Art. 212

Regla operativa

  • <2a = 30d (general), 60d (técnicos). ≥2a = estabilidad
  • Pago sustitutivo: Sí
  • Base de cálculo: Último salario

Vigencia

Corpus: pa-v0.1.0